La Fiscalía archiva las diligencias por cánticos machistas de estudiantes del colegio mayor Elías Ahuja

– Considera que los gritos son «irrespetuosos e insultantes para las mujeres» y «un ataque a la dignidad individual o colectiva», pero sin repercusión penal

MADRID, 05 (SERVIMEDIA)

La Fiscalía provincial de Madrid ha acordado el archivo de las diligencias de investigación abiertas a raíz de una denuncia presentada por el presidente de Movimiento contra la Intolerancia en la que se informaba de que en la noche del 2 de octubre de 2022 un grupo de jóvenes residentes del Colegio Mayor Elías Ahuja dirigió cánticos a las residentes en el vecino Colegio Mayor Santa Mónica. A juicio de los denunciantes, los hechos podrían ser constitutivos de un delito de odio.

El decreto de archivo sostiene que los hechos son «irrespetuosos e insultantes para las mujeres» y las expresiones proferidas constituyen «un ataque a la dignidad individual o colectiva de aquellas». Sin embargo, no pueden ser por sí solas constitutivas de un delito de odio del artículo 510.2 a) CP, al exigir este delito la concurrencia de una motivación discriminatoria concreta, la cual no ha resultado acreditada en la investigación por hechos anteriores, coetáneos ni posteriores a los denunciados.

Según la Fiscalía, la acción investigada no puede tipificarse tampoco como un delito contra la integridad moral porque para ello es necesario que alguna de las personas destinatarias de las expresiones proferidas se hubiera sentido ofendida y «no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia haya denunciado los hechos».

En el decreto de archivo, la Fiscalía afirma también que los hechos no pueden incardinarse en un delito del nuevo artículo 173.4 del Código Penal, introducido por la LO 10/2022 (Ley del «solo sí es sí»), ya que los hechos ocurrieron el 2 de octubre de 2022 y la ley entró en vigor el 7 de octubre de 2022.

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Este artículo castiga a quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad.

Finalmente, concluye que los hechos si han tenido respuesta fuera del ámbito penal, al haber tomado medidas de forma inmediata el Colegio Mayor Elías Ahuja.

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